Ley Nº 4.216 / 2010
12 de Agosto del 2010
Modificación del acápite y el artículo 1° de la Ley N° 1515/1999 "Que autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, a firmar Convenios para la rehabilitación, mejoramiento y conservación de rutas y caminos no pavimentados en la Región Occidental de la República del Paraguay".
Resolución Nº 51 / 2009
20 de Enero del 2009
DINATRAN
Por la cual se establecen normas para el control de alcoholemia a los conductores de vehículos automotores que transitan por las rutas del país, utilizando bafómetro, y se asigna a la Policía Caminera dependiente de éste Ministerio para aplicar las sanciones administrativas correspondientes.
Resolución Nº 11 / 2006
06 de Enero del 2006
SET
Por la cual se establece transitoriamente el procedimiento para el cobro de la patente fiscal extraordinaria de auto vehículos previsto en el Capitulo IV de la Ley Nº 2421/04.
Resolución Nº 51 / 2005
14 de Enero del 2005
SET
Por la cual se aclaran algunos vínculos al Capítulo IV de la Ley Nº 2421/04, De Patente Fiscal Extraordinaria para autovehículos.
Decreto Nº 4.369 / 2004
29 de Diciembre del 2004
Por el cual se reglamenta el capítulo IV de la Ley Nº 2421/2004 "De Creación de la Patente Fiscal Extraordinaria para autovehículos" y se dispone la vigencia del párrafo 1º del artículo 43º de la citada Ley.
Resolución Nº 7 / 2002
07 de Enero del 2002
SET
Por la cual se dispone la cancelación del registro único de contribuyentes de todas las personas inscriptas por Impuesto Inmobiliario, patente de auto vehículos u otras obligaciones derogadas por Ley N° 125/91.
Resolución Nº 290-74
18 de Diciembre del 1974
DINATRAN
Por la cual se dispone la obligatoriedad del uso de casco protector a los conductores de motocicletas que circulan por las rutas del país y se limita el número máximo de ocupantes en estos medios de transportes, en dos personas. [conductor y acompañante].
Ley Nº 63-48
09 de Diciembre del 1948
Que crea la Policía Caminera y Modifica varios Artículos del Dto. Ley Nº 22.094.