Que modifica el Articulo 301 de la Ley N° 879/81 "Código de Organización Judicial"
Que modifica el Artículo 118 de la Ley N° 879/81 "Código de Organización Judicial", modificado por la Ley N° 903/96.
Que modifica el inciso a) del artículo 57 de la Ley Nº 879/81 "Código de Organización Judicial".
Que modifica la Ley Nº 1838/01, que modifica el artículo 280 de la Ley Nº 879 del 2 de diciembre de 1981 "Código de Organización Judicial".
Que amplia la Sección II, artículo 60 de la Ley 879/81 "Código de Organización Judicial".
Que modifica los artículos 22 de la Ley Nº 635/95 "Que reglamenta la Justicia Electoral", 2º de la Ley Nº 860/96 "Por la cual se modifica y amplia la Ley Nº 879/81 "Código de Organización Judicial", y 48 de la Ley Nº 1.562/00 "Orgánica del Ministerio Público".
Que modifica parcialmente el artículo 1º de la Ley Nº 903/96 "Que modifica y deroga algunos artículos del Libro I, Titulo V, Capítulo III de la Ley Nº 879/81, Código de Organización Judicial".
Que modifica el artículo 30 de la Ley N° 879 del 2 de diciembre de 1981 "Código de Organización Judicial".
Que modifica el artículo 1° de la Ley N° 1384/98, referente a incompatibilidades para el ejercicio de la función notarial.
Que modifica el articulo 280 de la Ley N° 879 del 2 de diciembre de 1981 "Código de Organización Judicial".
Que modifica el articulo 115 de la Ley Nº 879 del 2 de diciembre de 1981 "Código de Organización Judicial".
Que amplía el artículo 106 de la ley Nº 903/96, "Que modifica y deroga algunos artículos del Libro I, Título V, Capítulo III de la Ley Nº 879/81, Código de Organización Judicial".
Que modifica y deroga algunos artículos del "Código de Organización Judicial".
Por la cual se modifica y amplia la Ley Nº 879/81 "Código de Organización Judicial".
Que modifica el artículo 264 de la Ley 879/81 "Código de Organización Judicial" y el artículo 6º de la Ley 284/71 modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 1165/85 "Que establece el pago de las tasas en el Poder Judicial y el destino de las mismas".
Por la que se dispone el destino de los ingresos provenientes de la venta de los instrumentos del delito y de las multas impuestas por el Código Penal y por el Código de Organización Judicial.
Que modifican y amplían algunas disposiciones del Código de Organización Judicial.
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| 5.650 | 5.950 |
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