Que establece la Inscripción Automática en el Registro Cívico Permanente.
Por el cual se dispone la Publicación de la Enmienda Constitucional Nº 1, Del Artículo 120 de la Constitución Nacional.
Que Modifica el artículo 195 de la Ley N° 834/96 "Que Establece El Código Electoral Paraguayo".-
Por la que se suspende transitoriamente varios artículos del Código Electoral.
Que amplía las disposiciones del Código Electoral y crea la figura de las concertaciones.
Que modifica los artículos 106, 170, 246, 247, 248 y 258 de la Ley Nº 834/96 "Que establece el Código Electoral Paraguayo".
Que reglamenta la utilización de urnas electrónicas, dispuesta en el artículo 351 del Código Electoral Paraguayo.
Que modifica los artículos 116, 117, 130, 140, 144 y 147 de la Ley Nº 834/96, Que establece el Código Electoral Paraguayo".
Que modifica el artículo 130 de la Ley Nº 834/96 "Que establece el Código Electoral Paraguay", modificado por la Ley Nº 1.975/02.
Que modifica el artículo 98 de la Ley Nº 834/96 "Que establece el Código Electoral Paraguayo".
Que modifica los artículos 22 de la Ley Nº 635/95 "Que reglamenta la Justicia Electoral", 2º de la Ley Nº 860/96 "Por la cual se modifica y amplia la Ley Nº 879/81 "Código de Organización Judicial", y 48 de la Ley Nº 1.562/00 "Orgánica del Ministerio Público".
Que modifica parcialmente el artículo 2° de la Ley N° 1830, de fecha 16 de noviembre de 2001, modificatoria de la Ley N° 834 del 17 de abril de 1996 "Que establece el Código Electoral Paraguayo".
Que modifica el artículo 171 de la Ley N° 834/96 "Que establece el Código Electoral".
Que modifica los artículo 130, 154 y 155 de la Ley N° 834/96 "Que establece el Código Electoral Paraguayo", modificado por las Leyes N° 1830/01 y 1890/02.
Que modifica los artículos 153, 154 y amplia las disposiciones finales y transitorias de la Ley N° 834/96, "Que establece el Código Electoral Paraguayo", modificado por las leyes N°s. 1825 y 1830/01.
Que modifica el inciso e) del artículo 32 y los artículos 153, 154, 251, 254, 257 y 290; y amplía las disposiciones finales y transitorias de la Ley N° 834 del 17 de abril de 1996 "Que establece el Código Electoral Paraguayo".
Que establece el voto electrónico en determinados municipios, locales de votación y cantidad de mesas receptoras de votos para las Elecciones Municipales de 2001 y se suspenden los efectos de los artículos 103, 104, 170, 171, 174, 198 incisos b), d) y e), 200, 203, 211 excepto la última línea, 222, 223, 224, 226 y 227 de Ley N° 834/96 "Código Electoral".
Que amplia el plazo de inscripciones en el registro cívico nacional y en el de extranjeros.
Que habilita la inscripción en el registro cívico permanente a los ciudadanos paraguayos y los extranjeros con radicación definitiva en el país con cédula de identidad vencida y autoriza la emisión de voto con la misma.
Que habilita la inscripción en el Registro Cívico Permanente de los electores con cédulas de identidad vencidas.
Que dispone la renovación del Registro Cívico Permanente.
Que modifica los artículos 17 y 21 de la Ley N° 635/95, "Que reglamenta la Justicia Electoral".
Que suspende el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los militares y policías en servicio activo afiliados a partidos, movimientos políticos o alianzas electorales.
Que reforma el articulo 62 de la Ley Nº 39, que modifica, amplia y suprime disposiciones de la Ley Nº 1/90 "Código Electoral".
Que establece normas para las elecciones generales del 9 de mayo de 1993 y modifica disposiciones del Código Electoral.
Que establece normas para las elecciones generales del 9 de mayo de 1993 y modifica disposiciones del Código Electoral.
Que modifica, amplia y suprime disposiciones de la Ley Nº 01/90 "Código Electoral".
Que modifica disposiciones de la Ley Nº 01/90, "Código Electoral" y de la Ley Nº 39 del 10 de septiembre de 1992, "Que modifica, amplia y suprime disposiciones de la Ley Nº 01/90, "Código Electoral".
Que establece la gratuidad de la expedición de la cedula de identidad policial a los ciudadanos en edad de votar.
Que amplia las disposiciones de la Ley Nº 01/90 "Código Electoral".
Que interpreta el tiempo de validez de la cédula de identidad, previsto en el artículo 82 de la Ley 01/90 "Código Electoral".
Por la cual se convoca a nuevas inscripciones en el registro cívico permanente; se establece nuevo sistema de inscripción; se declara la caducidad del registro cívico actual y se renueva la Junta Electoral Central y juntas seccionales.
Que aprueba el Decreto-Ley Nº 2 de fecha 28 de febrero de 1989, Por el cual se modifican algunos artículos de la Ley Nº 886 "Estatuto Electoral".
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