LEY Nº 1.451/99
QUE AMPLÍA EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES A LA RENTA DE LAS ACTIVIDADES AGROPECUARIAS (IMAGRO).
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EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°: Amplíase hasta el 31 de diciembre de 1.999, el plazo de inscripción de los sujetos obligados al pago del Impuesto a las Actividades Agropecuarias, a que se refiere la Ley Nº 125 del 9 de enero de 1.992 "Que establece el nuevo régimen tributario", en su Artículo 26 y siguientes.
Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por 1a Honorable Cámara de Diputados, a nueve días del mes de junio del año un mil novecientos noventa y nueve, y por la Honorable Cámara de Senadores, a quince días del mes de julio del año un mil novecientos noventa y nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1 de la Constitución Nacional.
Pedro Efraín Alegre Sasiain
Mario Paz Castaing
Presidente H. Cámara de Diputados |
Vicepresidente 1º en Ejercicio de la Presidencia |
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H. Cámara de Senadores |
Alfonso González Núñez |
Ilda Mayeregger |
Secretario Parlamentario |
Secretaria Parlamentaria |
Asunción, 29 de julio de 1.999
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial
El Presidente de la República
Luís A. González Macchi
Federico A. Zayas Ch.
Ministro de Hacienda
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