Contrato de Depósito de Cosas Muebles
El depositario recibe del depositante, mercaderías de su propiedad y se obliga a guardar, conservar, custodiar y restituir las mismas en las condiciones en que fueron depositadas.
El depositario devolverá al depositante o a quien éste designe en forma fehaciente los efectos depositados, previa constatación del estado en que se encuentran.
Contrato de Depósito
El Depositante entrega en depósito a el Depositario mercaderias detalladas en este contrato.
El Depositante se obliga a abonar al depositario, a la fecha de finalización del depósito, como remuneración una suma de dinero.
El Depositante se obliga a conservar las mercancías según las reciba.
Contrato de Depósito
En este contrato se estipula que el Depositante entrega un lote de mercaderías al Depositario para su guarda correspondiente.
El depositario inspecciona las mercancías dando fe del buen estado de las mismas.
El depositante se obliga a abonar al depositario, a la fecha de finalización del depósito la cantidad de dinero estipulada en este documento.