Este convenio surge a causa de reclamos recíprocos se han sustanciado en litigios judiciales. Por este acuerdo, convenio o transacción se extinguirán los derechos y obligaciones presuntos y recíprocos, y sólo quedarán exclusivamente vigentes los que se detallan en la cláusula estipuladas en este documento.
Queda estipulado entre las partes, que el Ocupante desocupará totalmente la finca y la reintegrará al Propietario, libre de toda ocupación propia o de terceros.
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