Asunción , 5 de Octubre de 1993.
VISTOS: La Ley Nº 94/91 y el Decreto N° 13.467/92 del Ministerio de Industria y Comercio y,
CONSIDERANDO: Que para dar debido cumplimiento a la Ley del Mercado de Valores, se hace necesario aclarar y complementar en algunos aspectos, lo resuelto por esta Comisión en la Resolución N° 3/92;
POR TANTO, el Consejo de Administración de la Comisión Nacional de Valores, en uso de sus atribuciones legales,
RESUELVE:
I .- Complementase el Título III de la Resolución N° 3/92, de esta Comisión en lo siguiente:
1.- En el artículo 6° literal b), eliminase la referencia a los incisos e) y f) del artículo 5°.
2.- Agregase el siguiente Art. 6° Bis: para los efectos de lo previsto en los artículos 51 inciso c), 52 inciso b) y 58 párrafo primero, de la Ley N° 94/91, los apoderados u operadores de las casas de Bolsas, para estos efectos, se entenderá que tienen la calidad de representantes y por tanto deben cumplir los requisitos del artículo 5° de esta resolución en sus incisos a), b), c) y d).
3.- En el artículo 6° literal b) eliminase la referencia los incisos e) y f) del artículo 5°
II.- En el subtítulo II de la Resolución N° 14/92 de esta Comisión, que complementa el artículo 5° de la Resolución N° 3/92, aclárase que la referencia a la letra c), debe ser a la letra e).
III.- Los requisitos fijados en esta Resolución en sus Títulos I, II y III son sin perjuicio de los demás requisitos que pueda fijar el directorio de la Bolsa de la que formen parte los Agentes y Casas de Bolsa, sus representantes y operadores, en su caso.
COMUNÍQUESE, remítase copia al Ministerio de Industria y Comercio y archívese.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA COMISIÓN
HERMAN VELILLA GARCIA
Presidente
MIGUEL ANGEL ACOSTA
Miembro del Consejo
MARIO RUBEN CIBILS
Miembro del Consejo |