RESOLUCIÓN Nº 1.263/95
POR LA CUAL SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD DE LA PASANTÍA LABORAL DE LOS ALUMNOS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL NIVEL MEDIO TÉCNICO. |
Asunción, 1 de junio de 1995
VISTA: la necesidad de establecer la obligatoriedad de la pasantía, laboral de los alumnos de las instituciones educativas del nivel medio técnico, y
CONSIDERANDO: que la pasantía facilitará la adaptación social y psicológica del alumno al mercado laboral, así como una inserción más afectiva al mismo.
Por tanto, en uso de sus atribuciones.
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTO
RESUELVE:
1° Establecer la pasantía laboral obligatoria con un mínimo de 240 horas reloj para las diferentes especialidades del nivel medio técnico en todas las instituciones oficiales y privadas del país, requisito sin el cual no se otorgará el título correspondiente.
2° Autorizar al Departamento de Educación Técnica y Formación Profesional a establecer las normativas correspondientes.
3° Comunicar y archivar.
MINISTRO
(nc) |
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