Asunción, 6 de marzo de 2001
VISTOS: Los Artículos 7° inc e) de la Ley N° 125/91, 11° del Decreto N° 14002/92 e informe del Banco Central del Paraguay, y
CONSIDERANDO: Que es necesario facilitar a los contribuyentes, la información referente a las cotizaciones de monedas extranjeras en el mercado libre fluctuante a nivel bancario.
POR TANTO:
EL SUBSECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:
Art. 1° TIPOS DE CAMBIO: Los tipos de cambio de cierre al último día del mes que se menciona a continuación son los siguientes:
MONEDAS COMPRA VENTA
Dólar 7.725,00 3.760,00
Peso Argentino 7.725,00 3.760,00
Real 1.760,00 1.820,00
Peso Uruguayo 285,00 360,00
Libras 5.229,00 5.600,00
Marco Alemán 1.692,00 1.829,00
F. Suizo 2.148,00 2.300,00
F. Francés 503,00 538,00
Florines 4.469,00 1.602,00
Pesetas 19,61 21,22
Yens 31,05 33,25
F. Belga 81,00 88,00
Liras 1,70 1,82
Corona Sueca 362,00 391,00
Corona Danesa 437,00 473,00
Corona Noruega 397,00 430,00
Schilings 240,00 257,00
Art. 2° Comunicar a quienes corresponda y cumplido archivar.
MIGUEL ANGEL ACOSTA CASTRO
SUBSECRETARIO DE ESTADO DE TRIBUTACION |