Asunción, 18 de octubre de 2005
VISTA: La necesidad de realizar ajustes al Plan de Cuentas de Cooperativas implementado por Resolución del INCOOP Nº 360/04 dictada en fecha 02 de noviembre de 2004, y;
CONSIDERANDO: Que por la Resolución de referencia, se dispuso la implementación del nuevo Plan de Cuentas Cooperativo Estandarizado el que a la fecha ha sido objeto de ajustes por parte de la Dirección de Supervisión y Fiscalización del INCOOP en base a la realidad de las cooperativas.
Que, los ajustes mencionados fueron realizados con miras a facilitar el mecanismo de control de las cooperativas por parte de esta Autoridad de Aplicación en virtud de lo establecido en el Art. 5º inc. e) y j) de la Ley Nº 2157/03 en concordancia con las disposiciones contenidas en la Ley Nº 438/94 como asimismo en el Decreto Reglamentario Nº 14052/96.
Que en sesión ordinaria de fecha 11 de octubre del presente año, asentada en Acta Nº 102/05 este Consejo Directivo procedió a analizar los ajustes efectuados al referido Plan de Cuentas realizados por la Dirección más arriba mencionada, encontrando viable la aprobación de los mismos.
POR TANTO, a mérito de las consideraciones expuestas precedentemente y en uso de sus atribuciones, el:
CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COOPERATIVISMO
RESUELVE:
Art. 1. - Establecer la modificación parcial de la Resolución del INCOOP Nº 360/04 que dispone la implementación del Plan de Cuentas de Cooperativas, en base a los ajustes realizados al Plan mencionado, obrantes en el Anexo que forma parte de esta Resolución, en atención a los fundamentos expuestos en el exordio de la misma.
Art. 2 .- Instrumentar y refrendar la presente Resolución a través de la Presidencia del INCOOP.
Art. 3. - Comunicar a quienes corresponda y cumplida archivar.
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