Asunción, 19 de enero de 2006
CONSIDERANDO: Que, es necesario aprobar un nuevo formulario para la presentación y pago del Impuesto al Valor Agregado, ajustado conforme a las disposiciones citadas en el visto precedente.
POR TANTO,
EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN
RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébase el formulario de declaración jurada y pago que se indica a continuación, cuyo uso será obligatorio a partir de la fecha de la presente Resolución:
Formulario Nº 850 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO "PARA QUIENES REALICEN OPERACIONES GRAVADAS Y EXONERADAS (INCLUIDAS LAS EXPORTACIONES)".
El formulario, su instructivo y la "Hoja de Trabajo para la distribución proporcional del Crédito Fiscal por compras e importaciones afectadas indistintamente a diferentes operaciones del Contribuyente" constan en el anexo de la presente Resolución y forman parte de la misma.
Artículo 2º .- Aclaráse que el formulario aprobado será de uso obligatorio a partir de la presentación de la declaración jurada correspondiente al período enero de 2006 en adelante, debiendo utilizar los contribuyentes los formularios Nº 800 y 801, según corresponda, hasta los períodos fiscales anteriores al señalado precedentemente.
Ver Resolución Nº 452/06 Artículo 20º
Artículo 3°.- Publíquese, comuníquese a quienes corresponda y cumplido archivar.
ANDREAS NEUFELD TOEWS
VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN
ANEXOS
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