Visto: el dictamen de la comisión de planificación física y urbanística, con relación al mensaje N ° 230/07 S.G., a través del cual la intendencia municipal responde a la Nota JM/N° 225/07, referente a la minuta del concejal Juan Radice, por la que urge la instalación en los edificios de dominio público declarados de interés histórico, carteles alusivos a lo que establece el art. 8° de la Ord. 15/06 que regula la "publicidad en el dominio público o perceptible desde este dominio", y;
Considerando:
1. ORIGEN DEL PEDIDO:
Que, por minuta N ° 274 (12/02/07) presentada por el concejal Juan Radice donde solicita a la intendencia municipal instale en los edificios de dominio público declarados de interés histórico, carteles alusivos a lo que establece la Ord. 15/06 que regula la "publicidad en el dominio público o perceptible desde este dominio", en su art. 8°: "los anuncios en los edificios de valor histórico o público, en cualquier área de la ciudad no podrán desvirtuar los lineamientos básicos del diseño de la fachada y sólo podrán informar sobre el nombre o razón social del propietario o arrendamiento de los mismos, así como la actividad o servicios que prestan".
Que, la minuta de referencia tuvo tratamiento en la sesión ordinaria de la corporación, del 14 de febrero del corriente aprobándose en tal sentido solicitar informes a la intendencia municipal a través de la Nota JM/N° 225/07 (15/02/07).
2. INFORME DEL EJECUTIVO MUNICIPAL:
Que, por Memorando N° 18/07 (19/03/07) del departamento de patrimonio cultural de la dirección de planeamiento urbano, remite la documentación que incluye:
- propuesta de borrador de nota respuesta para consideración de la DGDU.
- listado de edificios de valor monumental.
- propuesta de señalización identificadora para dichos monumentos.
- proyecto de "imagen e identidad visual del centro histórico y sitios de valor patrimonial de asunción".
Que, según nota borrador del departamento de patrimonio cultural, expresa: "el departamento de patrimonio cultural, dependiente de esta dirección general de desarrollo urbano, cuenta en su registro un listado de 20 edificios declarados de valor monumental y protegidos por leyes y decretos. se adjunta dicho listado.
También, se cuenta con el catálogo y registro de edificios y sitios de valor patrimonial, histórico, cultural y ambiental, protegidos por la Ordenanza. N ° 35/96 y modifica las Ordenanzas Nos. 28/96, y la 151/00.
Este catálogo y registro incluyen a un total aproximado de 2800 edificaciones situadas en el perímetro del centro histórico de la ciudad y otros lugares como trinidad, Sajonia, san jerónimo, avda. Mcal. López, así como sitios relevantes situados en trinidad, Lambaré Tacumbú, Bco., san miguel, etc.
Atendiendo a la solicitud del concejal, esta dirección a través del dpto. de patrimonio cultural, considera oportunas dichas manifestaciones y presenta las siguientes sugerencias.
En lo posible, es prudente evitar cualquier tipo de mensaje pintado sobre los muros de los edificios de valor monumental y/o patrimonial.
Se recomienda señalarlos adecuadamente siguiendo los criterios estipulados en la ORD, JM/Nº 28/96 art 18º. "En edificios y sitios catalogados, se guardaran las siguientes prescripciones en relación a carteles o anuncios publicitarios y similares: 1) se limitaran a una sola placa o letreros de un máximo de medio metro cuadrado, en cada fachada y por cada local; 2) no podrán estar en voladizos y deberán fijarse en forma adosada a los muros".
Dicha señalética deberá ser indicativa, ilustrativa y educativa,
El departamento de patrimonio cultural, cuenta con un proyecto de "creación de la imagen de identidad visual del centro histórico de asunción ", cuya copia se adjunta.
Asimismo, se remite un dossier conteniendo una propuesta de nomenclatura, carcelería indicativa para información cultural y publicitaria para el centro histórico y sitios protegidos".
3. criterio de la comisión:
Que, la comisión asesora dictaminante, considera adecuada la propuesta elevada por el departamento de patrimonio cultural, en lo que respecta al desafío del cartel indicativo y columna identificadora a ser instalados en los edificios públicos históricos.
Sin embargo, con relación al espacio establecido para "logotipo de centro histórico o de auspiciante", cabe dejar expresamente definidas las dimensiones que serán de 30 cm x 30 cm. como máximo, a fin de evitar su desnaturalización.
4. veto de la intendencia:
Que, la intendencia municipal por Resolución N° 726/2007, de fecha 21 de mayo de 2007, resolvió vetar la Ordenanza N ° 29/07, de fecha 2 de mayo de 2007, en base a los siguientes argumentos:
"Que el dpto. de Patrimonio Cultural de la Dirección de Planeamiento Urbano, Dependiente de la Dirección General de Desarrollo Urbano, por informe N° 176/2007 de fecha 17 de mayo de 2007, realiza las siguientes aclaraciones a los puntos referentes al borrador de propuestas en borrador referente a la señalice remitida a la corporación para su conocimiento:
1) El sitio centro histórico de la ciudad de asunción se encuentra protegido por la Ley N° 946/82 "de la protección de los bienes culturales " y refrendado por la Resolución N° 23/06 del MEC, secretaria nacional de cultura dirección de patrimonio histórico cultural de fecha 4 de noviembre de 2.006.
2) Dicha resolución declara coma bien cultural de fa república al centro histórico de asunción, capital de la república, por su carácter de "sitio de valor urbanístico, ambiental, paisajístico, cultural, histórico y arqueológico", jerarquización conferida según registro de edificios, conjuntos arqueológicos, áreas y sitios de interés de la ciudad de asunción/ordenanza JM/N° 151/00.
3) Las condiciones patrimoniales antes expresadas hacen que se ampare en las condiciones de protección establecidas en la ordenanza 28/96 que establecen pautas y criterios de intervención y que entre otros, se refiere a la cartelería a ser aplicada en dicho sitio de valor patrimonial nacional.
4) De acuerdo a la parte resolutiva de la ordenanza 29/07, se aprueba el diseño de cartel indicativo y columna identificadora. Sin embargo, en párrafos anteriores del considerando, queda expreso que la documentación remitida tiene carácter de "borrador" y fuera para conocimiento del proponente de la minuta n° 274, Concejal Radice.
5) A la fecha, esa propuesta ha sufrido los ajustes finales necesarios en cuanto a los espacios y medidas que han sido reconsiderados, quedando establecidos que:
- el espacio superior derecho quedara destinado exclusivamente a la colocación de logo del centro histórico.
- para los auspicios, se ha destinado una superficie de 0.10 x 1.00 m., en la parte superior, conforme boceto anexo.
6) Estos ajustes responden al diseño de señaletica vial existente actualmente y no se apartan de lo dispuesto en la ordenanza 28/96.
7) Atendiendo a tal carácter, se solicita vetar dicha ordenanza, atendiendo a los ajustes finales a los que el departamento de patrimonio cultural ha arribado y que considera diseño final de la propuesta de identificación de los edificios de valor monumental situados en el centro histórico de la ciudad de asunción”.
Que, el pleno de la corporación, a través de la Resolución JM/N° 2.210/08, en el día de la fecha (8/05/08), procedió a aceptar el veto de la intendencia municipal, realizado por Resolución N° 726/2007 1., de fecha 21 de mayo de 2007, remitido por mensaje N° 415/07 SG.
Por tanto,
LA JUNTA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ASUNCIÓN, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
Art 1°.- Aprobar el diseño del cartel indicativo y columna identificadora de edificios públicos históricos, de acuerdo a las dimensiones propuestas por el departamento de patrimonio cultural de la dirección general de desarrollo urbano, quedando establecido de la siguiente manera:
• El espacio superior derecho quedará destinado exclusivamente a la colocación de logo del centra histórico.
• para los auspicios, se destinará una superficie de 0.10 x 1.00 m., en la parte superior, conforme boceto anexo.
Art 2°.- Encomendar al ejecutivo municipal proceda a la instalación de los carteles indicativos y columnas identificadoras de edificios públicos históricos de carácter monumental, según el listado propuesto por el departamento de patrimonio cultural.
Art 3°.- Comuníquese a la intendencia municipal.
Sancionada la ordenanza, en la ciudad de asunción, a los dos días del mes de mayo del año dos mil siete. Vetada parcialmente por la intendencia municipal, a través de la Resolución N° 726/07, de fecha veintiún días del mes de mayo del año dos mil siete, remitida por mensaje N ° 415/07 y aceptado el veto parcial de la intendencia Municipal por la Resolución JM/N° 2.210/08, de fecha ocho de mayo del año dos mil ocho, quedando consecuentemente sancionada la presente ordenanza.
ING. AUGUSTO WIGNER LEZCANO
Presidente
ABG. JOSÉ MARÍA OVIEDO V.
Secretario General
Téngase por ordenanza, comuníquese, publíquese, dese al registro municipal y cumplido, archivar.
GABRIEL SOLALINDE
Secretario general
MARÍA EVANGELISTA TROCHE DE GALLEGOS
Intendente Municipal
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