Asunción, 29 de setiembre de 2007
Vista: La Ley Nº 1.561/00 "Que crea el Sistema Nacional del Ambiente, el Consejo Nacional del Ambiente y la Secretaria del Ambiente".
La Ley 1727/01 que aprueba el Convenio de Préstamo Nº 1300/OC-PR, suscrito por el Gobierno de la República del Paraguay y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para la ejecución del Programa de "Apoyo al Sistema Nacional Ambiental", cuyo Organismo Ejecutor es la Secretaria del Ambiente, dependiente de la Presidencia de la República.
Considerando: Que, como parte de las acciones desarrolladas por el Programa de "Apoyo al Sistema Nacional Ambiental", ejecutado por la Secretaria del Ambiente a través del Convenio de Préstamo BID Nº 1300/OC-PR, se halla en etapa de implementación el servicio de consultoría de "Modernización Institucional y gestión Ambiental", llevado a cabo como resultado de la Licitación Pública Internacional Nº 01/05.
Que, en el marco del servicio de consultoría de "Modernización Institucional y gestión Ambiental", ha sido elaborada, en forma conjunta con funcionarios de la SEAM, una propuesta de Manual de Procedimientos para las distintas dependencias de la Secretaría del Ambiente.
Que, en el contexto del proceso de modernización institucional de la Secretaría del Ambiente, es necesario dar inicio a la implementaron de los procedimientos diseñados.
Por tanto, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 18 de la Ley Nº 1561/00.
El Secretario Ejecutivo de la Secretaría del Ambiente
Resuelve:
Art. 1º.- Aprobar el Manual de procedimientos de la Secretaría del Ambiente, que se adjunta como Anexo a la presente Resolución.
Art. 2º.- Responsabilizar a la Dirección del Sistema de Gestión de Calidad del seguimiento y supervisión del proceso de implementación y de promover la mejora continua del Manual de Procedimientos de la Secretaría del Ambiente.
Art. 3º.- Responsabilizar a los Directores Generales y Directores de la Secretaría del Ambiente de la implementación del Manual de Procedimientos en sus respectivas dependencias, y de proponer ajustes y modificaciones al mismo ante la Dirección del Sistema de Gestión de Calidad.
Art. 4º.- Comunicar a quienes corresponda y, cumplida, archivar.
Firmado:
Arq. Carlos Antonio López Dose
Secretario Ejecutivo. Ministro
Lic. Jorge Rivas Quevedo
Secretario General
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