LEYES.com.py - Legislación para todos

Login de Usuarios

DECRETO Nº 12.341/08

POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO 4º DEL DECRETO Nº 11.915 DEL 11 DE MARZO DE 2008, "POR EL CUAL SE ESTABLECE UN ANTICIPO EN CONCEPTO DE IMPUESTO A LA RENTA DE LAS ACTIVIDADES COMERCIALES, INDUSTRIALES O DE SERVICIOS A LA EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS FORESTALES".

Asunción, 16 de junio de 2008

VISTO: El Decreto Nº 11.915 del 11 de marzo de 2008, "Por el cual se establece un anticipo en concepto de Impuesto a la Renta de las Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios a la Expoliación de Productos Forestales" (Expediente M.H. Nº fc.929/2008); y

CONSIDERANDO: Que se ha detectado un error material involuntario en la redacción del Artículo 4º del mencionado Decreto, correspondiendo modificar el número de la cuenta habilitada en el Banco Central del Paraguay (BCP), para el depósito de lo recaudado en concepto de Anticipo de Impuesto a la Renta.

Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los términos del Dictamen Nº 310 del 18 de abril de 2008.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY

DECRETA:

Art. 1º.- Modificase el Artículo 4º del Decreto Nº 11.915 del 11 de marzo de 2008, el cual queda redactado de la siguiente manera;

"Art. 4º.- Autorizase a la Dirección Nacional de Aduanas, a percibir el cobro del anticipo de Impuesto a la Renta previo a la salida de los bienes de la Aduana y depositar el monto recaudado en la Cuenta correspondiente. Asimismo, la Dirección Nacional de Aduanas deberá emitir el comprobante de pago correspondiente".

Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Hacienda.

Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y dese al Registro Oficial.

NICANOR DUARTE FRUTOS
Miguel Gómez

Búsqueda por palabra o frase

Escribe la frase o numero de documento que haga referencia a lo que estas buscando...

Búsqueda por Filtro Cronologico

Selecciona el tipo y año de la disposición que estas buscando...

Clientes de Alianza Consultores

Clientes de Alianza Consultores

Cotizaciones de Monedas

Moneda Compra Venta
 DÓLAR 4.380 4.460
 PESO AR 700 780
 REAL 2.070 2.150
 PESO UY 200 270
 EURO 5.300 5.550

Todos los derechos Reservados

ALIANZA CONSULTORES TRIBUTARIOS

Herminio Giménez (ex Fulgencio R. Moreno) N° 2088 esq. Mayor Bullo (Ver mapa) - Tel: +59521 2381490 - info@leyes.com.py