LEYES.com.py - Legislación para todos

Login de Usuarios

RESOLUCIÓN Nº 299/09

POR LA CUAL SE ESTABLECE PROTOCOLO O GUIA DE PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL DE PERSONAS, VEHÍCULOS Y CARGAS, A FIN DE GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS E INSTALACIONES.

Asunción, 08 de mayo de 2009

VISTO: La necesidad de establecer protocolo o normas a seguir, a fin de garantizar la seguridad de las personas e instalaciones, teniendo en cuenta los últimos acontecimientos ocurridos en la Capital de la República del Paraguay, en cuanto a los hallazgos de artefactos explosivos o paquetes sospechosos, así como llamadas de amenaza de bomba, y,

CONSIDERANDO: Que, el Artículo N° 175 de la Constitución Nacional establece, que la Policía Nacional tiene la misión de preservar el orden público legalmente establecido, así como los derechos y la seguridad de las personas, entidades y de sus bienes, así como ocuparse de la prevención de los delitos.

POR TANTO, y en uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 153, numeral 5, de la Ley N° 222/93 "Orgánica de la Policía Nacional";

EL COMANDANTE INTERINO DE LA POLICÍA NACIONAL

RESUELVE:

Establecer protocolo o guía de procedimientos para el control de personas, vehículos y cargas, a fin de garantizar la seguridad de las personas e instalaciones, ajustándose a las siguientes normativas:

CONTROL DE PERSONAS EN LA ENTRADA DE INSTALACIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS:

Implementar accesos y salidas factibles de control;

Identificación de las personas por medio de:

•Documentos de identidad y registrarlo en una base de datos incluyendo al personal uniformado.

•Provisión de tarjetas identificadoras divididas por categorías y de uso obligatorio, en los casos de categorías B y C, las tarjetas serán devueltas por la misma a su salida.

Categoría A Categoría B Categoría C

Funcionarios del lugar (color Blanco) Visitantes habituales (color Amarillo) Visitantes Casuales (color Rojo) (siempre acompañados por un personal de seguridad, durante su permanencia)

Control de las personas y sus pertenencias, debiendo ser utilizado para ello sistemas de detección electrónicos fijos o portátiles (circuito cerrado, detectores de metales, scanner, etc.)

Establecer lugares de chequeo discretos, para personas sospechadas, garantizando los derechos de intimidad y dignidad de las personas.

Se deberá prestar especial atención a las personas que ingresen al lugar como proveedores o personal externo de servicio.

CONTROL DE VEHÍCULOS EN LA ENTRADA DE INSTALACIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS:

Implementar accesos y salidas factibles de control, con apoyo de circuito cerrado.

Implementar bloqueos u obstáculos para impedir el ingreso de los vehículos no autorizados.

Registrarlos en una base de datos.

Identificación por medio de calcomanías permanentes y enumeradas, situadas en lugares visibles en la parte frontal del parabrisas.

Verificación ocular externa e interna del vehículo, con el apoyo de elementos adecuados (espejos, linternas, etc.).

Chequeo con aparatos electrónicos detectores de explosivos.

Establecer sectores de estacionamiento de vehículos.

En los estacionamientos y las adyacencias de cualquier instalación, no se deben permitir el aparcamiento de vehículos fuera de los horarios establecidos o periodos prolongados.

REGISTRO DE MERCADERÍAS:

1. Toda mercadería que se deba ingresar, deberá contar con su correspondiente manifiesto de carga, cuya copia deberá ser presentada con anterioridad al puesto de control.

Los sistemas de verificación estarán sujetos a las recomendaciones, establecidas para el control con medios técnicos.

2. Los planes de control de ingreso de personas, vehículos y cargas estarán a cargo de los encargados de seguridad del lugar.

Los Jefes de las distintas dependencias, serán responsables del estricto cumplimiento de la presente disposición.

3. Comunicar y archivar.

VIVIANO MACHADO ORIHUELA
Comisario General Director
Comandante Interino de la Policía Nacional

(nc)

 

Búsqueda por palabra o frase

Escribe la frase o numero de documento que haga referencia a lo que estas buscando...

Búsqueda por Filtro Cronologico

Selecciona el tipo y año de la disposición que estas buscando...

Clientes de Alianza Consultores

Clientes de Alianza Consultores

Cotizaciones de Monedas

Moneda Compra Venta
 DÓLAR 4.350 4.460
 PESO AR 730 800
 REAL 2.090 2.170
 PESO UY 200 270
 EURO 5.300 5.550

Todos los derechos Reservados

ALIANZA CONSULTORES TRIBUTARIOS

Herminio Giménez (ex Fulgencio R. Moreno) N° 2088 esq. Mayor Bullo (Ver mapa) - Tel: +59521 2381490 - info@leyes.com.py