LEY Nº 4.066/10 QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 249 DE LA LEY N° 3.966/10 "ORGÁNICA MUNICIPAL". |
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY Articulo 1°.- Modificase el Articulo 249 de la Ley N° 3.966/10 "ORGANZA MUNICIPAL", que queda redactado de la siguiente manera:
Articulo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los diecisiete días del mes de Junio del año dos mil diez, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintiocho días del mes de julio del año dos mil diez, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 204 de la Constitución Nacional. Víctor Alcides Bogado González Aida Robles de-Di Benedetto Oscar González Daher Clarissa Marín de López Asunción, 12 de agosto de 2.010 Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial. El Presidente de la República Rafael Filizzola (nc) |
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