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ORDENANZA Nº 497/10

RÉGIMEN TRIBUTARIO 2010, PRORROGAR HASTA 30 DE DICIEMBRE DE 2010 PLAZO PARA LA EXONERACIÓN DEL 100% PAGO DE MULTAS Y RECARGOS FINANCIEROS Y AGREGADOS DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES.

VISTO: El Mensaje N° 1.282/10 S.G., de fecha 13 de diciembre de 2010, incluido y considerado, por decisión del Pleno, en la Sesión Ordinaria del día de la fecha (15/12/10); y,

CONSIDERANDO: Que, a través del referido mensaje, la Intendencia Municipal expresa cuanto sigue: "Tenemos el agrado de dirigirnos a Usted, y por su intermedio a los Miembros de la Junta Municipal, a fin de remitirles el Memorándum N° 348/10 de fecha 14 de diciembre de 2010, a través de la cual la Dirección de Recaudaciones solicita la prolongación hasta el 30 de diciembre de 2010 de la exoneración del 100% del pago de multas y recargos financieros y demás agregados de los impuestos, tasas y contribuciones especiales, aprobada por Ordenanza JM/N° 491/2010.

El pedido obedece a la necesidad de incrementar las recaudaciones para solventar los compromisos asumidos por la Institución con los proyectos, obras e infraestructura que se están realizando en beneficio de la ciudadanía”.

Que, en ese contexto y a los efectos de resolver, en la fecha, el pedido realizado por la Intendencia Municipal, en virtud del Mensaje N° 1.282/10 S.G., la Junta se constituye en comisión y, en ese estadio, elabora el dictamen correspondiente, el cual recomienda prorrogar, hasta el 30 de diciembre de 2010, el plazo para la exoneración del 100% del pago de multas y recargos financieros y demás agregados de los impuestos, tasas y contribuciones especiales, aprobada por Ordenanza N° 491/10.

Que, seguidamente, la Junta vuelve a constituirse como tal, tras lo cual se pone a consideración del Pleno el dictamen elaborado en comisión, el cual es aprobado.
Por tanto;

LA JUNTA MUNICIPAL DÉLA CIUDAD DE ASUNCIÓN, REUNIDA EN CONCEJO

ORDENA:

Art 1º.- Prorrogar, hasta el 30 de diciembre de 2010, el plazo para la exoneración del 100% del pago de multas y recargos financieros y demás agregados de los impuestos, tasas y contribuciones especiales, aprobada por Ordenanza N° 491/10.

Art 2º.- Comuniqúese a la Intendencia Municipal.

Dada en la Sala de Sesiones de la Junta Municipal de la ciudad de Asunción, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil diez.

Téngase por Ordenanza, comuníquese, dése al Registro Municipal y cumplido archivar.

HUGO PICCININI SOERENSEN
Intendente Municipal

EDVVARD VITTONE ROJAS
Secretario General

(nc)

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