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Derogado por:
Resolución Nº 9/11. Artículo 5

RESOLUCIÓN Nº 16/10

(DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY)

RESOLUCIÓN N° 1. ACTA N° 74 DE FECHA 8 DE SETIEMBRE DE 2008 "PAUTAS BÁSICAS PARA LA GESTIÓN DEL RIESGO DE CRÉDITO Y LA METODOLOGÍA DE CÁLCULO DE LAS PREVISIONES GENÉRICAS".- MODIFICACIÓN.-

Asunción, 24 de noviembre de 2.010

Acta Nº 78

VISTO: el artículo 104° de la Ley N° 861/96 "General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito"; el artículo 34°, Literal b) de la Ley N° 489/95 "Orgánica del Banco Central del Paraguay"; el Artículo 1o, Numeral 34 de la Resolución N° 1, Acta N° 60 del 28 de setiembre de 2007; las notas N°s. 041/10 y 043/10 - S.M.M. de la Asociación de Entidades Financieras del Paraguay presentadas en fechas 29 de octubre y 22 de noviembre de 2010; el memorando 1845/10 de la Unidad Jurídica de la Institución de fecha 8 de octubre de 2010; el memorando SB.SG. N° 0027/10 de la Superintendencia de Bancos de fecha 23 de noviembre de 2010; y,

CONSIDERANDO: que, es imperioso impulsar un proceso de mejoramiento constante en materia de gestión de los riesgos asumidos por los intermediarios financieros.

Que, el riesgo de crédito constituye el más representativo del portafolio de inversiones de los sujetos supervisados.

Que, dado lo relevante de dicho riesgo, tanto la administración como el órgano supervisor deben adoptar modelos de gestión eficientes que permitan mitigar suficientemente el riesgo derivado del incumplimiento de las obligaciones por parte de los beneficiarios de crédito.

Que, es importante contar con reservas suficientes para afrontar situaciones económicas adversas.
Que, siendo mandato del Banco Central del Paraguay el velar por la estabilidad y solvencia del sistema financiero deviene necesario y en resguardo del mismo en su conjunto, modificar los artículos 3 y 4 de la Resolución N° 1, Acta N° 74 de fecha 8 de setiembre de 2008 dictada por el Directorio del banco Central del Paraguay, de modo tal a potenciar la gestión del riesgo de crédito en las Entidades del Sistema Financiero.

Por tanto, en uso de sus atribuciones, conferidas en los artículos , , 4° inciso f), y 34° inciso b) de la Ley N° 489/95; las disposiciones de los artículos 4° inciso b) y 104° de la Ley N° 861/96 "General de Bancos, Financieras y Otras Entidades de Crédito";

EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY
RESUELVE:

1°) Modificar los Artículos 3°) y 4°) de la Resolución N° 1, Acta N° 74 de fecha 8 de setiembre de 2008, los cuales quedan redactados como sigue:

"Artículo 3°) Establecer que las Previsiones Genéricas exigidas como consecuencia del incumplimiento de las Pautas Básicas para la Gestión del Riesgo de Crédito aprobadas en el Artículo 1°) de la Resolución N° 1, Acta N° 74 del 8 setiembre de 2008, sean desafectadas luego de una nueva revisión de la Superintendencia de Bancos, luego de, al menos, 365 días transcurridos desde su constitución. A dicho efecto, la entidad financiera deberá solicitar por escrito la nueva revisión. En caso de que la Superintendencia de Bancos no se expida en el plazo de 30 días, se dará como aceptada la petición de la entidad recurrente.

Artículo 4°) Determinar que las disposiciones contenidas en la presente regulación, sean exigibles a partir de las inspecciones de la Superintendencia de Bancos que se inicien desde el 1 de enero de 2011, manteniéndose inalterables las que regían para las inspecciones iniciadas o concluidas con anterioridad a esa fecha.".

2°) Reestructurar los Cuadros que forman parte del Anexo II de la Resolución N° 1, Acta N° 74 de fecha 8 de setiembre de 2008, los cuales quedan con los siguientes encabezados y porcentaje de previsiones genéricas adicionales necesarias:

CUADRO I

AREAS

Criterios

Peso

% de Cumplimiento

Variación

Prensión Adicional Exigida

(A) EN TORNO APROPIADO

1

 

 

2

 

3

 

4

 

5

 

6

 

7

 

8

Cuenta con Estrategias de negocios. Los Mercados objetivos y restringidos se encuentran claramente identificados en dichas estrategias.
Dispone de Manuales de Políticas acordes al tamaño y complejidad de sus operaciones. Se definen aspectos como: Diversif, limites exposi. de riesgo, vincul., excepciones, créditos con problemas, etc.
Cuenta Con Manuales de Procedimientos acordes al tamaño y complejidad de las Operaciones.
Los Manuales incluyen la asignación de los niveles de aprobación, revisión y evaluación.
Los Manuales son revisados actualizados y aprobados por lo menos una vez al año.
Los Manuales son conocidos por todos los funcionarios que participan en el proceso crediticio.
Existe una Unidad o la función de Riesgos, acorde al tamaño y complejidad de las operaciones.
Existe independencia de función de los que ejercen la función riesgo y los comerciales.

20%

 

 

 

 

 

 

20%

 0%

0%

20%

(B) PROCESO PARA EL OTORGAMIENTO DE CRÉDITOS

9

 

10

 

 

11

 

12

 

13

 

14

 

15

Se recibe suficiente información para evaluar el perfil del cliente conforme a la normativa

Se cumplen los procedimientos para identificar, evaluar y clasificar a los grupos relacionados como una sola unidad de riesgo.
Se monitorean los límites de exposición y se adoptan medidas en su caso.
Se cumplen con los niveles de aprobación previstos y están debidamente documentados.
La Unidad de Análisis evalúa y opina sobre las propuestas de crédito.
La Unidad o función de Riesgos cumple con su tarea preventiva de identificar, medir, controlar y mitigar los riesgos crediticios
Se cumplen con los delineamientos y pasos insertos en los Manuales de Crédito.

 

40%

 

 

 

 

 

 

 

 

 

40%

0%

0%

40%

(c) ADMINISTRAR MEDIR Y MONITOREAR EL CREDITO

16

 

17

 

18

 

 

19

Existe documentación actualizada del cliente, de conformidad a las normas vigentes.
Existe un sistema efectivo de monitoreo de riesgos conforme a las normas.
El sistema de información prevé mecanismos de alerta para que los créditos que superen su línea sean reportados al área correspondiente.
Existen procedimientos o señales de alerta para detectar los créditos con problemas

15%

 

 

 

 

 

 

15%

0%

0%

15%

(D) CONTROLES ADECUADOS

20


21

 

 

22

 

 

23

Se realizan en forma periódica evaluaciones al personal involucrado.
La Unidad que cumple la función de revisión del proceso crediticio, reporta debidamente al Comité de Auditoría Directorio o a la instancia que corresponda.
Se realizar, auditorías internas sobre los procesos de créditos, en concordancia con el programa establecido y niveles de riesgos.
Auditoría Interna identifica sectores con debilidades en los procesos de administración del crédito y excepciones en las políticas, procedimientos y límites.

 

 

 

 

 

 

 

25%

0%

0%

25%

 

 

 

 

 

 

 

 

0%

100%

 

CUADRO II

Escala de previsión en base a cumplimiento sobre muestras de la inspección, adicional al 0,50% ya realizado

Adicional

Previsión adicional asignada

55%

0,25%

1,50%

60%

0,25%

1,25%

65%

0,25%

1.00%

70%

0,25%

0,75%

75%

0,25%

0.50%

80%

0,25%

0.25%

85%

0,00%

0.00%

 

Previsión Adicional 1,50%

3°) Mantener vigentes los demás términos de la Resolución N° 1, Acta N° 74 de fecha 8 de setiembre de 2008.

4°) Comunicar a quienes corresponda, publicar y archivar.

Jorge Raúl Corbalán Mendoza
Presidente.

Luis A. Campos Doria.
Benigno María López Benítez
Rolando Arrellaga Yaluk.
Directores Titulares.-

Ada Liz W de Cazal
Secretaria del Directorio

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