RESOLUCIÓN Nº 9/10 CONFIRMAR LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN 24 DE FECHA 5 DE NOVIEMBRE DE 2008, POR LA CUAL SE AUTORIZA A LA PRESIDENCIA DE LA CONAJZAR, A RESOLVER SOBRE SOLICITUDES DE EXPLOTACIÓN DE JUEGOS DE AZAR DE LA MODALIDAD COMBINACIONES ALEATORIAS O CHANCE, ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 3°, NUMERAL 6 DE LA LEY N° 1016/97 Y SE APRUEBA EL FORMULARIO DE SOLICITUD (ANEXO I) Y EL CERTIFICADO DE AUTORIZACIÓN (ANEXO II) A SER UTILIZADO PARA ESE EFECTO. |
Asunción, 24 de febrero de 2010.- VISTO: El Acta N° 04 de fecha 24 de febrero de 2010, por la cual los consejeros integrantes de la Comisión Nacional de Juegos de Azar, resuelve rectificar los términos de la Resolución N° 24 de fecha 05 de noviembre de 2008, por la cual se faculta al Presidenta de la CONAJZAR a autorizar y/o conceder licencia de explotación de juegos de suerte o azar de la modalidad combinaciones aleatorias o chance, establecidas en el Artículo 3º numeral 6 de la ley N° 1016/97, y se aprueban el formulario de solicitud y el certificado de autorización a ser utilizado para ese efecto, y; CONSIDERANDO: Que, en el Artículo 3º de la Ley N° 1016/97 establece: "Los juegos autorizados por esta ley son entre otros:... 6) Combinaciones aleatorias o chance: es una modalidad de juego que consiste en el sorteo de dinero, muebles, inmuebles o servicios, realizado con fines publicitarios por una persona, entidad o empresa, entre los consumidores de los bienes o servicios objetos de la publicidad, al precio ordinario o menor, sin o con alguna contraprestación.. .sic. Que, por Resolución N° 24 de fecha 05 de noviembre de 2008, por la cual se faculta al Presidente de la Comisión a autorizar y/o conceder licencia de explotación del juego de azar denominado combinaciones aleatorias o chance a la aprobación del reglamento de cada juego y a la fijación del canon correspondiente. Que, para ello se aprueba el formulario de solicitud que deberá ser presentado debidamente completado y firmado por el peticionante, y el certificado de autorización firmado por la Presidenta de la CONAJZAR, previo análisis del cumplimiento cabal de las disposiciones legales referentes a la materia. Que, en el Artículo 4º de la Ley N° 1016/97 prescribe: "La planificación, el control y la fiscalización de los juegos de azar, de las actividades de las personas físicas o jurídicas dedicadas a su explotación, al igual que las relaciones interjurisdiccionales emergentes de la actividad reglada por esta ley, serán ejercidos por la Comisión Nacional de Juegos de Azar… Sic". POR TANTO, en uso de las atribuciones establecidas en la Ley 1016/1997, LA COMISION NACIONAL DE JUEGOS DE AZAR Artículo 1°.- CONFIRMAR los términos de la Resolución 24 de fecha 5 de noviembre de 2008, por la cual se autoriza a la Presidencia de la CONAJZAR, a resolver sobre solicitudes de explotación de juegos de azar de la modalidad combinaciones aleatorias o chance, establecidos en el Artículo 3º, numeral numeral 6 de la Ley N° 1016/97, a partir de la firma de la presente Resolución. Artículo 2°.- APROBAR el formulario de solicitud ANEXO I; y el Certificado de Autorización - ANEXO II, que forman parte de la presente Resolución. Artículo 3°.- COMUNICAR a quienes corresponda y cumplida archivar. Señora María Cristina Villalba Lic. Sergio Céspedes Dr. Gerardo Gómez Abog. Patricia Marchewka Bellamy Presidenta de la CONAJZAR (vc) |
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