RESOLUCIÓN N° 97/11 POR LA CUAL SE DISPONEN MEDIDAS ADMINISTRATIVAS PARA LA APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN CONAJZAR N° 88/2011 "POR LA CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE MÁQUINAS DE PREMIO PROGRAMADO Y SE REGULA SU EXPLOTACIÓN". |
Asunción, 28 de noviembre de 2011. VISTO: Lo establecido en la Resolución CONAJZAR N° 88 del 03 octubre de 2011 , "POR EL CUAL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE MAQUINAS DE PREMIO PROGRAMADO :' SE REGULA SU EXPLOTACIÓN EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA"; y CONSIDERANDO: Que, la mencionada Resolución en su parte resolutiva, establece: "APROBAR como nueva modalidad de juegos de azar las "Máquinas de Pre nio Programado", cuya explotación se regirá por esta Resolución y el Reglamento que se halla adjunto y forma parte integrante de la misma". Que, las actividades de supervisión, auditoría y control respecto a al uso y explotación de Máquinas de Premio Programado, las que podrán sobrevenir en cualquier momento y sin previo aviso. Que, se invita a todas las personas físicas o jurídicas interesadas en la explotación de Máquinas de Premio Programado, a que en el plazo de treinta días a partir de la presente resolución comparezcan ante la CONAJZAR a fin de solicitar la homologación de los dispositivos cuya explotación pretenden, y su reconocimiento como Licenciatario conforme al presente Reglamento, habilitando a tal efecto licencias para dos mil máquinas en todo el país. Que, se advierte una vez trascurrido dicho plazo, toda explotación de cualquier dispositivo electrónico de juegos de azar en locales no autorizados para el efecto por la Comisión Nacional de Juegos de Azar, será considerada explotación clandestina, pudiendo la CONAJZAR ordenar la inmediata clausura del local donde se encuentre la máquina en infracción, conforme lo autoriza el artículo 15 de la Ley 1016/97, sin perjuicio de la responsabilidad, penal, civil y administrativa de su propietario, usufructuario, tenedor, depositario y/o responsable. Que, se ordena la publicación de la parte resolutiva de la presente resolución en un diario de circulación nacional, disponiendo copia íntegra de la misma en el sitio web oficial del Ministerio de Hacienda www.hacienda.gov.py a los su publicación y notificación oficial a los interesados. Que en fecha 3 de noviembre de 2011 venció el plazo para que, las personas físicas o jurídicas interesadas en la explotación de Máquinas de Premio Programado comparezcan ante la CONAJZAR a fin de solicitar el registro de las de premio programado cuya explotación pretenden. Que, fueron varias las personas físicas y jurídicas que presentaron sus solicitudes de registros de máquinas electrónicas de juegos de azar y las documentaciones solicitadas en la reglamentación mencionada. POR TANTO, en uso de estas atribuciones, LA COMISIÓN NACIONAL DE JUEGOS DE AZAR RESUELVE Artículo 1º.- DISPONER que las personas físicas o jurídicas presenten a la CONAJZAR el croquis exacto de ubicación de los locales donde pretenden explotar las máquinas de juegos de azar solicitadas, así como el nombre de fantasía del local y el número de máquinas a ser explotadas en el mencionado local. Artículo 2°.- FACULTAR al Presidente de la CONAJZAR a AUTORIZAR a explotación de máquinas electrónicas de juegos de azar a aquellas personas físicas o jurídicas que la hayan solicitado dentro del plazo establecido en la Resolución CONAJZAR N° 88/2011, previa presentación de los documentos requeridos en la misma Resolución, y una vez constatado el pago del canon correspondiente en los municipios de su jurisdicción. Artículo 3°.- ORDENAR la notificación de la parte resolutiva de la presente resolución a todos los interesados. Artículo 4°.- COMUNICAR a quienes corresponda, y cumplido archivar. Edgar Raúl Segovia María Cristina Villalba Miriam Simón de Ritter Ricardo Núñez Gerardo Gómez Morales (nc) |
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