Derogado por: RESOLUCIÓN GENERAL N° 70/12 POR LA CUAL SE MODIFICAN EL ARTÍCULO 3º Y EL INCISO B) DEL ARTICULO 5º (T.A.) DE LA RESOLUCIÓN GENERAL N° 20 DEL 10 DE ENERO DE 2008 "POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL ARTÍCULO 33 DE LA LEY N° 2421 DEL 5 DE JULIO DE 2004". |
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Asunción, 31 de enero de 2012 VISTO: El Art. 33º de la Ley N° 2421/04, la Resolución General N° 20/08, la Resolución General N° 15/09, y la Resolución General N° 53/2011; y CONSIDERANDO: Que, es necesario mejorar el nivel de transparencia y confiabilidad de las informaciones que son proveídas por medio de los informes de Auditoría Impositiva Externa. POR TANTO, EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN RESUELVE: Art. 1º.- Modifíquese el Artículo 3º de la Resolución General N° 20 del 10 de Enero de 2008, el cual queda redactado de la siguiente forma:
Art. 2º.- Modifiqúese el Inciso B) del Artículo 5º de la Resolución General N° 20 del 10 de Enero de 2008, texto modificado por la Resolución General N° 15 del 28 de Mayo de 2009, el cual queda redactado de la siguiente forma:
Art. 3º.- La presente disposición entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación y se aplicará a la presentación de los informes de auditoría correspondientes al ejercicio fiscal 2011, inclusive. Art. 4º.- Apruébese la modificación del Documento 1 del Anexo de la Resolución General N° 20 del 10 de Enero de 2008, conforme al texto que se adjunta a la presente disposición. Art. 5º.- Publicar, comunicar y cumplido archivar. Gerónimo Bellassai Baudo ANEXO OPINIÓN DEL AUDITOR EXTERNO SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL CONTRIBUYENTE Destinatario apropiado Identificación de los estados financieros Hemos auditado los estados financieros que se acompañan de la Compañía "...", que comprenden el balance general al 31 de diciembre de 20XX, y el estado de resultados, estado de cambios en el capital y estado de flujo de efectivo por el año que terminó en esa fecha, así como un resumen de políticas contables importantes y otras notas aclaratorias. Responsabilidad de la administración por los estados financieros La administración de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de estos estados financieros de acuerdo con normas contables vigentes en Paraguay. Esta responsabilidad incluye: diseñar, implementar y mantener el control interno relevante a la preparación y presentación razonable de los estados financieros que estén libres de representaciones erróneas de importancia relativa, ya sea debidas a fraude o a error; seleccionando y aplicando políticas contables apropiadas, y haciendo estimaciones contables que sean razonables en las circunstancias. Responsabilidad del auditor Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre estos estados financieros con base en nuestra auditoría. Condujimos nuestra auditoría de acuerdo a normas de auditoría vigentes en Paraguay y emitidas por la Superintendencia de Bancos, la Superintendencia de Seguros, la Comisión Nacional de Valores, el Instituto Nacional de Cooperativismo, por el Consejo de Contadores Públicos del Paraguay y el Colegio de Contadores del Paraguay, (en caso de ser aplicable y según corresponda). Dichas normas requieren que cumplamos con requisitos éticos así como que planeemos y desempeñemos la auditoría para obtener seguridad razonable sobre si los estados financieros están libres de representación errónea de importancia relativa. Una auditoría implica desempeñar procedimientos para obtener evidencia de auditoría sobre los montos y revelaciones en los estados financieros. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluyendo la evaluación de los riesgos de representación errónea de importancia relativa de los estados financieros, ya sea debido a fraude o a error. Al hacer esas evaluaciones del riesgo, el auditor considera el control interno relevante a la preparación y presentación razonable de los estados financieros por la entidad, para diseñar los procedimientos de auditoría que sean apropiados en las circunstancias, pero no con el fin de expresar una opinión sobre la efectividad del control interno de la entidad. Una auditoria también incluye evaluar la propiedad de las políticas contables usadas y lo razonable de las estimaciones contables hechas por la administración, así como evaluar la presentación general de los estados financieros. Creemos que la evidencia de auditoría que hemos obtenido es suficiente y apropiada para proporcionar una base para nuestra opinión de auditoría. Opinión En nuestra opinión, los estados financieros dan un punto de vista verdadero y razonable de (o "presentan razonablemente, respecto de todo lo importante,") la posición financiera de la Compañía "..." al 31 de diciembre de 20XX, y de su desempeño financiero y sus flujos de efectivo por el año que terminó en esa fecha, de acuerdo con (en caso de ser aplicable y según corresponda) normas establecidas por /la Comisión Nacional de Valores/Superintendencia de Bancos del Banco Central del Paraguay/Superintendencia de Seguros del Banco Central del Paraguay y normas contables vigentes en Paraguay. Informe sobre otros requisitos legales y normas reguladoras En cumplimiento de disposiciones legales vigentes informamos lo siguiente: a) (nombre completo de la entidad) mantiene sus registros de acuerdo con lo establecido en la Ley 125/91, Ley 2421/04 y sus reglamentaciones, expuesto en el detalle de las revisiones realizadas que se individualiza a continuación: 1. Documentos Contables
Sobre la columna del sistema de registro • Marcar con "X" cuando el registro surge de los medios computarizados • Marcar con "M" cuando el registro es realizado en forma manual • Indicar la última fecha de rúbrica Sobre la columna de observaciones: a mas de otras observaciones verificadas, indicar Libro Diario v auxiliares • Los asientos se registran en forma detallada o de manera sintética • Cuales son los libros auxiliares utilizados • La fecha del último registro de los libros auxiliares transcriptos al libro diario, en los casos de utilizar estos libros • Los saldos de las cuentas del libro mayor coinciden con los estados contables auditados • El asiento de cierre de cuentas de resultados coincide con los estados contables auditados • Hasta qué fecha se encuentran impresos los libros IVA compras e IVA ventas Libro Inventario • Los rubros que componen se consignan de manera analítica (se expone la composición) o de forma sintética (la composición surge de otros registros auxiliares) • Cuales son los registros auxiliares utilizados, y si los mismos cuentan con rubricación. • La fecha de los últimos balances y estado de resultado transcripto • Los saldos de las cuentas del libro inventario coinciden con los estados contables auditados Cuadro de Revalúo y Depreciación del Activo Fijo • El cuadro es realizado conforme al formato requerido en el anexo de la Resolución N° 1346/05 2. Impuesto a la Renta (Se detallarán las diferencias encontradas en la auditoria).
3. Impuesto al Valor Agregado (Se detallarán las diferencias encontradas en la auditoria)
4. Impuesto Selectivo al Consumo (Se detallarán las diferencias encontradas en la auditoria)
5. Declaraciones Juradas con Rectificativas (Se detallarán las diferencias encontradas en la auditoria)
6. Datos de Retenciones Computables a Cuenta (Se detallarán las diferencias encontradas en la auditoria)
7. Datos sobre Retenciones efectuadas a terceros (Se detallarán las diferencias encontradas en la auditoria)
8. Datos sobre Certificados de Créditos Tributarios (Se detallarán las diferencias encontradas en la auditoria)
9. Datos de los mayores cinco Proveedores
10. Datos de los mayores cinco Clientes
11. Varios b) A la fecha del presente informe, la sociedad ha cumplido con los pagos y/o ha provisionado sus obligaciones impositivas relacionadas con el año finalizado el 31 de diciembre de 20XX, c) Se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Resolución XXX que reglamenta el artículo 33 de la Ley 2421/04, no habiendo aspectos materiales impositivos que mencionar. (Firma del auditor) (Fecha del Informe del auditor) (Dirección del auditor) En el caso de existir aspectos materiales impositivos, deberá calificarse la opinión del auditor. (nc) |
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