DECRETO Nº 16.674/70
POR EL CUAL SE AMPLÍA LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY Nº 825 "SOBRE EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DEL DOCTOR EN CIENCIAS ECONÓMICAS". |
Asunción, 23 de Diciembre de 1970.
CONSIDERANDO: la necesidad de ampliar la reglamentación de la Ley Nº 825 "Sobre el ejercicio de la profesión del Doctor en Ciencias Económicas" establecida por Decreto del Poder Ejecutivo N° 10.734, de fecha 2 de marzo del corriente año, en razón de que en el referido instrumento legal no se creó el Registro de matrícula, profesional a los Licenciados en Administración y Licenciados en Contabilidad de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables de la Universidad Nacional de Asunción y los Licenciados en Contabilidad y Administración de la Universidad Católica "Nuestra Señora de la Asunción" que deberán funcionar junto al Registro de matrícula profesional de doctores en Ciencias Económicas creado por el referido Decreto Nº 10.734; y en las mismas condiciones establecidas por la Resolución del Ministerio de Educación y Culto de fecha 27 de Julio del corriente año;
El Presidente de la República del Paraguay
DECRETA:
Artículo 1º.- Créase el registro de Matrícula Profesional de Licenciados en Administración y Licenciados en Contabilidad de la Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Cantables de la Universidad Nacional de Asunción y los Licenciados en Contabilidad y Administración de la Universidad Católica "Nuestra Señora de la Asunción", que funcionarán junto al Registro de matrícula profesional de Doctores en Ciencias Económicas, creado por Decreto del P.E. Nº 10.734, de fecha 2 de marzo de 1970 bajo las reglamentaciones establecidas en dicho instrumento legal y en las mismas condiciones de la Resolución del Ministerio de Educación y Culto Nº 304 del 27 de Julio del corriente año.
Artículo 2º.- Comuníquese publiques y dese al Registro Oficial.
Firmado: A. STROESSNER
Fdo.: Raúl Peña |
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